Alertan sobre inminente rechazo en el Congreso de Ley de Protección de Periodistas y la sustitución por otro proyecto que reduce derechos
El 13 de abril de 2026, el Senado decidió aplazar un semana el debate sobre el proyecto de ley para la protección de periodistas y defensores de los derechos humanos, fijando la próxima sesión para el 22 de abril. El proyecto de ley había sido presentado en el Congreso en 2023 y se elaboró como medida necesaria y reparación exigida por un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Desde 2023, el proyecto de ley ya ha sido objeto de audiencias públicas y estudios exhaustivos, incluso por parte de organizaciones de la sociedad civil que llevaron a cabo consultas con el sindicato de periodistas y las comisiones parlamentarias. Tras los debates positivos sobre la ley a finales de 2025, su aprobación ha sido esperada por las organizaciones de la sociedad civil.
La aprobación de la ley se ha retrasado una vez más por la presentación de un proyecto de ley alternativo por parte del partido gobernante, que ha sido criticado por haberse elaborado sin la participación de la sociedad civil y los sectores afectados y por poner en riesgo la protección de los derechos fundamentales que la ley pretende garantizar. En particular, el proyecto alternativo crea una nueva unidad del Ministerio del Interior que elimina la autonomía del organismo de protección establecido en el proyecto acordado en 2023. Además, excluye medidas de salvaguardia, prevé un presupuesto de uso discrecional por parte del Ministerio del Interior y elimina la mención a los defensores de los derechos humanos del proyecto de ley.
El SSP denuncia que una ley presentada como “protección” en realidad podría debilitar la seguridad y la independencia del periodismo.
Los retrasos, el breve plazo de reconsideración y la presentación de un proyecto de ley alternativo que es más débil en la protección de los periodistas generan incertidumbre respecto a los avances previos hacia un marco de protección sólido, generan desconfianzarespecto a la aplicación de las medidas ordenadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y suscitan el temor de que las restricciones a la libertad de expresión y a la información ciudadana continúen o incluso se agraven, si se pierde esta oportunidad de crear un marco jurídico.
A mediados de marzo de 2026, el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) inició la distribución de urnas electrónicas en Asunción. Está previsto que las urnas electrónicas se utilicen en el proceso de las elecciones municipales de Paraguay de 2026, que comprende dos etapas: las internas partidarias en junio de 2026 y las elecciones municipales generales en octubre de 2026.. Los miembros de la oposición han manifestado su exigencia de que se lleve a cabo una revisión técnica de las máquinas de votación, señalando 16 vulnerabilidades y riesgos.
Aunque se llevó a cabo una auditoría de las máquinas entre el 2 y el 27 de febrero, el proceso fue objeto de críticas por parecerse más a una demostración guiada del funcionamiento de las máquinas que a una prueba de su fiabilidad, y por incumplir los estándares de auditabilidad, como la independencia técnica, el acceso a pruebas verificables y la documentación. A pesar de las garantías del TSJE sobre la invulnerabilidad de las máquinas, varios partidos políticos han expresado su preocupación y han solicitado la ampliación del periodo de auditoría, la verificación de la integridad del voto, la protección de los puertos de entrada de los dispositivos y la mejora de la interfaz de usuario.
La auditoría se produce tras un polémico debate sobre la adquisición o el alquiler de máquinas de votación en preparación para las elecciones. Aunque el consorcio argentino Comitia-MSA, una empresa vinculada a socios comerciales del presidente Peña, fue inicialmente descalificado del proceso de licitación, posteriormente se le adjudicó la licitación tras un segundo proceso en el que Comitia-MSA fue el único licitador. La empresa ya había suministrado las máquinas de votación para las elecciones de 2021 y 2023, lo que suscitó preocupaciones sobre posibles fraudes electorales y solicitudes de recuento de votos.
Las irregularidades en el proceso de licitación y en la auditoría afectan negativamente a la seguridad y la transparencia del próximo proceso electoral y reducen la confianza pública en las instituciones electorales y en las propias elecciones. Si bien el TSJE ha respondido a cuestiones concretas, como la participación de las mujeres líderes o los esfuerzos por mejorar la inscripción de los pueblos indígenas en el registro civil, no ha respondido a las preocupaciones planteadas con respecto a las máquinas de votación. La falta de diálogo institucional con las organizaciones sociales, ya señalada en fases anteriores del proceso electoral, limita la participación ciudadana, el seguimiento del proceso electoral por parte de la sociedad civil y el ejercicio de los derechos cívicos.
Organizaciones sociales presentaron acción de inconstitucionalidad contra Ley “Anti ONG”
En fecha 16 de diciembre, organizaciones de la sociedad civil paraguaya presentaron ante la Corte Suprema de Justicia una Acción de Inconstitucionalidad (AI) contra la Ley N° 7363, denominada “Ley Anti ONG” o “Ley Garrote”, promulgada en noviembre 2024 y el Decreto N° 4806 que la reglamentó y la puso en vigencia el 23 de octubre último. La acción presentada en la Sala Constitucional por 33 OSC que trabajan en territorio y con comunidades, con representación a cargo de la Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay (CODEHUPY), considera que la normativa afecta la libertad de asociación, libertad de expresión, de participación política y el principio de legalidad. Vulnera derechos fundamentales que se encuentran garantizados en la Constitución Nacional como obligaciones internacionales para la protección del espacio cívico. Y quebranta iniciativas solidarias, proyectos educativos, culturales, agrícolas y de acompañamiento social en todo el país.
Con el recurso planteado se cuestiona el control excesivo del Estado sobre la conformación, el funcionamiento y el financiamiento de las organizaciones sociales, establecido por el nuevo instrumento legal; se indica que éste introduce un exceso de control político y habilita un régimen de sospecha permanente, junto con la aplicación de sanciones desproporcionadas que no son compatibles con un sistema democrático basado en derechos.
Las OSC han solicitado la revisión de la constitucionalidad de la ley y la suspensión inmediata de sus efectos, hasta tanto se defina el fondo de la cuestión. Mientras se aguarda que la Sala Constitucional de la Corte se expida sobre la admisión de la AI, las OSC manifiestan que es objeto de la misma la defensa de la democracia, los derechos de las organizaciones y de los derechos de la ciudadanía toda. La presentación de la AI informa sobre un ambiente adverso para las OSC y su resolución dará cuenta de la permanencia o no de tales condiciones directamente vinculadas al marco legal y el ejercicio de derechos fundamentales.
El 23 de octubre, el presidente Santiago Peña aprobó el Decreto 4806 que regula y pone en vigor la Ley 7363 sobre control, transparencia y rendición de cuentas de las organizaciones sin fines de lucro (OSFL). Esta ley, denominada «ley contra las ONG» o «ley garrote» por la sociedad civil, se promulgó en noviembre de 2024 y estuvo a espera de ser regulada para su puesta en práctica durante más de once meses, lo que generó una gran incertidumbre entre las organizaciones de la sociedad civil preocupadas por la inminente entrada en vigor de esta ley. Los parlamentarios progubernamentales habían exigido su regulación, argumentando que es necesario aumentar la transparencia de las OSC.
La ley ha sido muy criticada por imponer restricciones indebidas al derecho de asociación. Entre las principales preocupaciones figuran las siguientes:
- Las amplias categorías de organizaciones sujetas a la ley, definidas como todas aquellas que reciben fondos públicos y privados nacionales o internacionales y que participan en políticas públicas, entendidas, entre otras definiciones, como aquellas acciones públicas «(…) que contribuyen, influyen o tienen un impacto directo en la aprobación de normativas de alcance general
- El control excesivo del Estado sobre las organizaciones sin fines de lucro (OSFL), con requisitos de registro duplicados y sanciones severas por incumplimiento.
- Un lenguaje vago y ambiguo que deja margen para interpretaciones amplias y abusos, lo que podría amenazar la independencia operativa de las OSC.
- Riesgos para la privacidad y la seguridad de las personas que forman parte de las organizaciones de la sociedad civil, así como de aquellas a las que apoyan.
- La ley también puede disuadir a los medios de comunicación de criticar al gobierno, dada la posibilidad de que se apliquen medidas punitivas.
- Se prevé que la incertidumbre normativa y el entorno restrictivo que crea la ley tengan un efecto paralizante sobre la sociedad civil y desalienten a los donantes internacionales a participar en Paraguay.
Diferentes actores de la sociedad civil nacional y organizaciones internacionales han advertido de las consecuencias negativas para el ejercicio de las libertades fundamentales y los derechos democráticos, entre ellos Codehupy, TEDIC, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, varios relatores especiales de la ONU, Amnistía Internacional, la Red Latinoamericana y Caribeña por la Democracia ( Redlad ) y el Comité para la Protección de los Periodistas.
Con la entrada en vigor de la ley, las OSC están obligadas a registrarse en el Sistema Integrado de Registro Administrativo y Control de Personas Jurídicas, Estructuras Jurídicas y Beneficiarios Finales en un plazo de 90 días, y las que ya están registradas deben actualizar su información en un plazo de 30 días.
La entrada en vigor de la Ley 7363 fue celebrada por los políticos del partido gobernante, mientras que los sectores de la oposición han señalado una vez más la clara intención del Gobierno de silenciar a quienes puedan presentar voces críticas. Los líderes de las OSC han indicado que procederán a estudiar la normativa y están preparando nuevas acciones, entre ellas la presentación de un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia, la solicitud de medidas cautelares y la interposición de litigios estratégicos para proteger las libertades fundamentales de asociación y expresión.