Bolivia

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A partir del 8 de abril de 2026, con la promulgación de la Ley N.º 1720 de Conversión Agraria y el inicio de una marcha indígena y campesina, autoridades de los poderes Ejecutivo y Legislativo, así como actores cívicos, emitieron acusaciones públicas contra organizaciones de la sociedad civil (OSC), específicamente CEDIB, CEJIS, CIPCA, Fundación Solón y Fundación Tierra.

Entre el 7 y el 9 de abril, el senador Branko Marinkovic atribuyó a las OSC el financiamiento y la organización de la movilización con supuestos intereses económicos. El 15 de abril, el ministro de Gobierno anunció investigaciones contra OSC en Pando y Beni. Al arribar la marcha a La Paz el 4 de mayo, el canciller Fernando Aramayo cuestionó públicamente el rol de las ONG, señalando que deberían reorientar sus recursos a actividades económicas en lugar de “coartar libertades”. Durante el debate legislativo en torno a la abrogación de la norma, el 12 de mayo, dos legisladores las acusaron de promover protestas y difundir desinformación, anunciando que solicitarían verificar su labor. El 13 de mayo, actores cívicos demandaron la “expulsión” de las ONG por supuesta desestabilización. Tras las protestas, el 13 de mayo de 2026, la Asamblea Legislativa de Bolivia abrogó la Ley N.º 1720. No obstante, el 15 de mayo, el canciller Fernando Aramayo anunció medidas de fiscalización estatal bajo la presunción de que dichas organizaciones financian acciones desestabilizadoras.

En conjunto, estas acciones configuran una escalada de estigmatización, amenazas de fiscalización y un patrón criminalizador, generando una afectación grave a los derechos a la libertad de asociación y de expresión. Esta dinámica restringe el entorno propicio y el espacio cívico idóneo para la participación ciudadana, deslegitima la labor de defensa de derechos de los pueblos indígenas y genera un efecto inhibitorio que amenaza la pluralidad en el espacio público y la calidad de la deliberación democrática en Bolivia.

En primer lugar, socava las libertades fundamentales al crear un efecto disuasorio sobre las ONG, lo que puede llevarlas a reducir sus actividades de incidencia o a redirigir recursos hacia la defensa de su legitimidad. En segundo lugar, asociar la financiación extranjera con la desestabilización amenaza el acceso futuro a la cooperación internacional y la sostenibilidad financiera de las OSC. En tercer lugar, las declaraciones reflejan una actitud hostil del Estado hacia las organizaciones de la sociedad civil mencionadas, que, a pesar de su historial de colaboración con gobiernos anteriores, a favor de los derechos humanos, se ven ahora señaladas como enemigas. Por último, las acusaciones públicas reiteradas que utilizan términos como “manipulación”, “engaño” y “desestabilización” contribuyen a generar percepciones públicas negativas y erosionan la confianza en las ONG que trabajan en temas de derechos humanos, medio ambiente y pueblos indígenas.

El discurso estigmatizador, sus efectos sobre la sociedad civil y los patrones criminalizadores, han sido denunciados por actores nacionales e internacionales. El 12 de mayo de 2026, 71 organizaciones de la sociedad civil emitieron una declaración conjunta en la que denunciaron la escalada de descalificación, estigmatización y amenazas contra la libertad de asociación y de expresión. El 16 de mayo de 2026, la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, Gina Romero, expresó su preocupación, advirtiendo que generar sospechas sobre las fuentes de financiación de las OSC puede conducir a una criminalización indebida y a actos de violencia contra sus integrantes. Ese mismo día, la Defensoría del Pueblo y cerca de 100 OSC emitieron una declaración conjunta en la que alertaron sobre la estigmatización y el amedrentamiento contra organizaciones que acompañan reivindicaciones de pueblos indígenas de Beni y Pando.

Aunque la investigación parlamentaria anunciada por el senador Roca aún no se ha iniciado formalmente, existe una alta probabilidad de que en las próximas semanas se pongan en marcha acciones administrativas, legislativas o judiciales contra estas u otras organizaciones que trabajan con pueblos indígenas.

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La acción ambiental de medidas cautelares llevada adelante resulta novedosa en términos de litigio estratégico. La resolución el Tribunal Agroambiental para establecer medidas de protección para el jaguar y defensores de derechos medioambientales llega a ser un hito en la defensa del medioambiente en Bolivia, al haber generado una disposición legal que, entre otros, establece: prevención de ataques, amenazas e intimidaciones para defensores de derechos medioambientales; la elaboración por la Defensoría del Pueblo de un Plan de Acción Nacional de reconocimiento, protección y promoción de los derechos de los defensores de derechos humanos en asuntos medioambientales; la creación de un Fondo Nacional de Conservación del Jaguar a la Asamblea Legislativa Plurinacional; la pausa ecológica por quemas y chaqueos en todo el territorio nacional o la pausa ecológica para actividades antrópicas extractivas dentro de las áreas protegidas nacionales, departamentales, municipales e indígenas.

 

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